jueves, noviembre 21, 2024
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Avala LXI Legislatura reforma para que víctimas reciban atención médica inmediata, adecuada y gratuita

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Para garantizar los servicios de salud a las víctimas de delitos, el Pleno de la LXI Legislatura aprobó una reforma al artículo 26, el acápite y la fracción I del 31 de la Ley de Víctimas del Estado de Puebla.

Durante la discusión del dictamen, en Sesión Extraordinaria, el diputado José Miguel Espinosa de los Monteros Gil explicó que el objetivo principal es asegurar que todas las víctimas de un delito reciban atención médica inmediata, adecuada y gratuita.

Con las reformas se prevé que las instituciones hospitalarias públicas y en su caso las unidades de salud públicas de los municipios tengan la obligación de dar atención a las víctimas que lo requieran y, en materia de servicios de asistencia, se otorgará atención y protección a la víctima, misma que tendrá todos los derechos establecidos en la Ley General de Salud.

Con las reformas se indica que la víctima tendrá derecho a que se le proporcionen gratuitamente servicios de asistencia, atención médica, psicológica, psiquiátrica y odontológica cuando se trate de lesiones, enfermedades o traumas emocionales provenientes del delito o de la violación a los derechos humanos sufridos; se brindarán de manera permanente hasta el final de tratamiento.

Por otra parte, el Congreso del Estado aprobó una reforma al artículo 10 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla, con el objetivo de establecer que el Consejo Consultivo esté integrado bajo los principios de inclusión y no discriminación. 

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