jueves, septiembre 19, 2024
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Casi sin restricciones se retorna a la actividad normal en Puebla

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El Gobierno del Estado emitió un Nuevo Decreto para la actividad económica, de esparcimiento, religioso, comercial e industrial en Puebla ante la pandemia que ha bajado, no están autorizados los bares, centros nocturnos, billares, fiestas patronales, ni la Estrella de Puebla ni el Teleférico. 

Las nuevas disposiciones incluyen un incremento de aforo de hasta el 50%  y la reapertura de negocios que llevan cerrados más de un año, como son los balnearios y baños públicos de vapor. 

Se suspende el Día Solidario y la  restricción de venta bebidas alcohólicas, además de la ampliación de horario de RUTA y transporte público, mercantil y ejecutivo. 

La secretaria de Gobernación, Ana Lucía Hill Mayoral, menciono que se extiende la vigencia del Decreto del 27 de abril al 30 de mayo de 2021, y se permite un reinicio de actividades gradual y responsable.

Se amplía una hora las actividades en restaurantes, cafeterías, loncherías, cocinas económicas, taquerías y torterias, ya que el horario de cierre será a las 22 horas de lunes a domingo, y las personas podrán permanecer hasta 3 horas, y se mantiene la restricción de 3 copas por personas, y funcionará con aforo del 50%, garantizando la sana distancia. 

Las áreas de comida rápida en los Centros Comerciales funcionaran con aforo de 50% con un tope máximo de 60 mesas, y los restaurantes con servicio de  ventanilla lo pueden hacer hasta las  23 horas. 

Se suspende la restricción en la venta de bebidas alcohólicas cerradas al público, mientras los hoteles pueden funcionar con un aforo del 50 % de ocupación, y la actividad comercial en plazas, centros comerciales y tiendas departamentales pueden funcionar con horario de cierre de lunes a domingo hasta las 22 horas y con un aforo de 50%, donde se incluyen a los gimnasios.

Las guardias podrán trabajar, siempre y cuando cumplan con el protocolo sanitario apegado a las recomendaciones de sanidad, y aviso de funcionamiento de la Dirección de Protección contra Riegos Sanitarios de la Secretaría de Salud. 

Se autorizó la reapertura de los baños públicos con un aforo del 30 %, con previa cita y un tope máximo de 50 personas, y sólo será los días miércoles, viernes, sábado y domingo con horario de 14 hasta las 20 horas, y el domingo de 12 horas a 20 horas, sólo está permitida el área de baños individuales sin zona de vapor, y con un tiempo máximo de una hora, tienen que realizar limpieza y desinfectar, queda prohibida la venta de bebidas alcohólicas y deberán presentar validación de su protocolo. 

Los balnearios pueden operar sábado, y domingo con horario de 10 a 17 horas, con aforo de 30%, sin acceder 150 personas, estará limitada la alberca y está prohibido la presencia de grupos musicales o animación, y la venta de bebidas alcohólicas.

Los eventos deportivos, sólo están permitidos los de carácter profesional con público, con la validación del protocolo sanitario.

Los servicios de transporte público, mercantil y ejecutivo quedan sin restricciones, operarán en su horario habitual.

Las iglesias pueden abrir sus puertas hasta con 50 % de aforo, mientras los mercados y tianguis son los municipios los que tienen que estar vigilantes para no haya concentración de personas. 

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